Tradición, patrimonio y vulneración de los derechos constitucionales de las mujeres
El Misteri d’Elx vuelve a situarse en el centro de una controversia que enfrenta la conservación de una tradición centenaria con el principio de igualdad entre mujeres y hombres. La representación, uno de los grandes símbolos culturales de Elche y reconocida por la UNESCO como Patrimonio Cultural Inmaterial de la Humanidad, mantiene una estructura en la que determinados papeles están reservados a hombres y niños.
La Coordinadora Feminista d’Elx considera que esta diferenciación por razón de sexo resulta incompatible con los derechos de igualdad vigentes en el siglo XXI y prepara nuevas actuaciones para cuestionar la exclusión femenina de determinados personajes de la representación.
La polémica se ha intensificado tras la posición mantenida por el Patronato del Misteri d’Elx, cuyo presidente, José Manuel Sabuco, ha defendido que la institución debe preservar la tradición y la esencia medieval de la Festa. El Patronato sostiene asimismo que la presencia femenina está garantizada en otros ámbitos de la organización, entre ellos sus órganos de gobierno y la Escolanía, donde actualmente participan niñas.
La Coordinadora Feminista considera, sin embargo, que el debate no consiste simplemente en determinar si existen mujeres dentro de la estructura del Patronato. El núcleo de la controversia se encuentra en el acceso a determinados papeles artísticos y en la exclusión de las mujeres de una parte concreta de la representación por razón de sexo.
La organización feminista pone además el foco en la particularidad de que algunos de los personajes femeninos forman parte esencial del argumento de una obra centrada precisamente en la muerte, asunción y coronación de la Virgen María.
La naturaleza pública del Patronato es legalmente incompatible con la discriminación de parte de la población
La controversia adquiere una especial relevancia jurídica por la naturaleza del organismo responsable de la Festa. La Ley 13/2005, de 22 de diciembre, del Misteri d’Elx, establece que el Patronato es un ente de derecho público sometido al derecho privado y adscrito a la conselleria competente en materia de cultura.
Entre sus funciones se encuentran la protección, el mantenimiento y la celebración anual del Misteri.
Esta configuración jurídica plantea, a juicio de la Coordinadora Feminista, una cuestión que va más allá de la conservación de una costumbre histórica. El artículo 14 de la Constitución Española establece el principio de igualdad y dispone que no puede prevalecer discriminación alguna por razón de sexo.
A ello se suma la Ley Orgánica 3/2007, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, cuyo artículo 26 establece que las autoridades públicas deben hacer efectivo el principio de igualdad de trato y oportunidades en la creación, producción y difusión artística e intelectual.
La misma normativa contempla que los organismos que intervienen en la gestión cultural adopten medidas dirigidas a evitar situaciones de discriminación estructural y favorezcan una presencia equilibrada de mujeres y hombres en la oferta artística y cultural pública.
El debate se centra así en determinar si la protección jurídica de una manifestación cultural histórica puede justificar una diferencia de trato por razón de sexo cuando la entidad responsable de su gestión tiene naturaleza pública y recibe financiación de las administraciones.
La tradición como supuesto argumento frente al ordenamiento jurídico vigente
El Patronato mantiene que la conservación de la estructura tradicional de la Festa forma parte precisamente de sus obligaciones legales. La Ley del Misteri establece que corresponde al Patronato proteger, mantener y celebrar la Festa «de acuerdo con la tradición».
Esa referencia es, precisamente, uno de los elementos sobre los que podría girar una futura controversia jurídica. La interpretación defendida por la Coordinadora Feminista d’Elx sostiene que una norma destinada a proteger una manifestación cultural no puede analizarse de forma aislada respecto del resto del ordenamiento jurídico y, especialmente, de los derechos fundamentales.
La propia Ley del Misteri define la Festa como seña de identidad del pueblo ilicitano y de todos los valencianos. Su exposición de motivos recuerda además que la continuidad histórica de la representación se ha sustentado en el apoyo de la ciudadanía y de las instituciones públicas.
Desde esta perspectiva surge una de las preguntas centrales del conflicto: si el Misteri constituye patrimonio del pueblo de Elche, ¿puede una parte de ese mismo pueblo quedar excluida de determinados papeles únicamente por ser mujeres?
La reclamación ya ha llegado al Ministerio de Igualdad y a la Generalitat Valenciana
La Coordinadora Feminista d’Elx ya ha trasladado sus reclamaciones al Observatorio de Igualdad del Ministerio de Igualdad y a la Generalitat Valenciana.
La organización prevé mantener la presión institucional si el Patronato no modifica su posición y contempla ampliar las actuaciones a otros organismos.
Uno de los posibles siguientes escenarios es la UNESCO, que reconoció el Misterio de Elche como Patrimonio Cultural Inmaterial de la Humanidad en 2008, después de que la representación hubiera sido proclamada en 2001 Obra Maestra del Patrimonio Oral e Inmaterial de la Humanidad.
La Coordinadora Feminista estudia alertar al organismo internacional sobre la situación y plantear si la salvaguardia de una manifestación cultural debe implicar necesariamente el mantenimiento de estructuras de participación basadas en la diferenciación por sexo.
La cuestión presenta una especial relevancia dentro del propio marco internacional de protección del patrimonio inmaterial, dado que la UNESCO sitúa entre sus objetivos la salvaguardia y transmisión de las manifestaciones culturales.
La vía contencioso-administrativa, entre las opciones para la defensa de los derechos de las mujeres
Si las actuaciones institucionales no producen cambios, la Coordinadora Feminista d’Elx contempla acudir a la vía contencioso-administrativa.
Un eventual procedimiento tendría que analizar, entre otros aspectos, si las restricciones existentes en la participación artística responden a una diferencia de trato jurídicamente justificada o si, por el contrario, constituyen una discriminación incompatible con el ordenamiento constitucional.
La naturaleza jurídica del Patronato sería uno de los elementos centrales del debate. La Ley 13/2005 no lo configura como una asociación privada dedicada exclusivamente a una actividad cultural, sino como un ente de derecho público adscrito a la Administración cultural valenciana.
A esta circunstancia se añade el respaldo económico de las administraciones públicas. En la sesión pública celebrada el pasado 13 de agosto se presentó un presupuesto para 2027 de 555.200 euros, del que el 72,7 % procede de ayudas públicas.
Para quienes cuestionan la exclusión femenina, esta financiación refuerza la necesidad de analizar la responsabilidad de las instituciones públicas en la gestión de la Festa y en el cumplimiento de las obligaciones relacionadas con la igualdad.
La Escolanía y la presencia de niñas, un planteamiento actualmente dudoso
Otro de los elementos de la controversia es la situación de la Escolanía del Misteri.
La legislación específica establece que la Escolanía es el coro infantil dependiente de la Junta Rectora y que sus integrantes pueden participar en las representaciones a criterio del maestro de Capella.
El Patronato utiliza actualmente la presencia de niñas en la Escolanía como argumento para sostener que la participación femenina ya está incorporada a la estructura de la Festa.
La Coordinadora Feminista considera, sin embargo, que la incorporación de niñas al coro no resuelve el problema planteado respecto al acceso a todos los papeles de la representación.
La diferencia entre formar parte de la estructura del Misteri y poder aspirar a los mismos personajes que los niños constituye precisamente uno de los aspectos que debería determinar una eventual revisión jurídica.
Un conflicto que trasciende al Misteri d’Elx
La controversia de Elche forma parte de un debate más amplio sobre la relación entre tradición, patrimonio cultural y derechos fundamentales.
En distintas fiestas tradicionales españolas se han producido durante las últimas décadas conflictos relacionados con prácticas históricas que han entrado en colisión con los principios de igualdad y no discriminación.
La legislación española no establece que una tradición deba desaparecer simplemente por tener su origen en épocas históricas caracterizadas por diferencias entre hombres y mujeres. La cuestión jurídica que plantea el caso del Misteri es hasta qué punto una práctica mantenida en la actualidad puede conservar una exclusión basada exclusivamente en el sexo cuando quienes la gestionan forman parte de una estructura pública y cuando la actividad recibe financiación institucional.
La Ley Orgánica 3/2007 establece, además, que el principio de igualdad debe integrarse transversalmente en la actuación de los poderes públicos y proyectarse también sobre las políticas culturales y artísticas.
¿Conservar la Festa implica conservar también una exclusión histórica de las mujeres?
El enfrentamiento plantea dos concepciones diferentes sobre la protección del patrimonio.
El Patronato defiende que modificar la estructura tradicional de los personajes podría afectar a la esencia histórica de una representación que se ha mantenido durante siglos. La Coordinadora Feminista sostiene, en sentido contrario, que la protección del patrimonio no puede convertirse en una excepción frente a los derechos constitucionales.
El Misteri d’Elx ha atravesado diferentes etapas históricas y ha logrado mantener su identidad a lo largo de los siglos. Ahora, la controversia plantea si esa capacidad de adaptación debe alcanzar también a la igualdad efectiva entre hombres y mujeres.
En caso de que el conflicto termine en los tribunales, la respuesta no dependerá únicamente de la interpretación de la tradición. También deberá determinarse cómo se armonizan la Ley del Misteri, la Constitución Española, la legislación sobre igualdad y las obligaciones que corresponden a las instituciones públicas encargadas de conservar y financiar el patrimonio cultural.
Mientras tanto, la Festa continúa celebrándose en la Basílica de Santa María. El 14 de agosto tiene lugar la Vespra y el 15 de agosto la Festa, culminando una manifestación cultural que la UNESCO reconoce como Patrimonio Cultural Inmaterial de la Humanidad.
Pero junto a la conservación de sus cantos, su tramoya y su puesta en escena medieval, Elche afronta una cuestión que ha adquirido una nueva dimensión jurídica y social: si en pleno siglo XXI la tradición puede seguir justificando que el sexo determine quién puede interpretar determinados personajes de una obra considerada patrimonio cultural del pueblo ilicitano.
Crónica: AFPRESS






